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Cómo hacerse autónomo en 2026 paso a paso

Hacerse autónomo en España implica dos trámites obligatorios: el alta en Hacienda y el alta en la Seguridad Social. Te explicamos los requisitos, los modelos 036/037, los epígrafes IAE, la tarifa plana de 80 €/mes y las obligaciones fiscales desde el primer día.

Cada año más de 200.000 personas se dan de alta como autónomos en España. El proceso es accesible y puede completarse en pocas horas de forma online, pero tiene un orden y unos plazos que conviene conocer bien antes de empezar. Si estás valorando trabajar por cuenta propia en 2026, esta guía te explica exactamente qué hacer.

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Requisitos para hacerse autónomo en España

Antes de iniciar cualquier trámite, asegúrate de cumplir los requisitos básicos:

  • Tener DNI o NIE en vigor. Los ciudadanos de la UE pueden tramitar el alta con su documento nacional, los extranjeros no comunitarios necesitan también el permiso de trabajo por cuenta propia.
  • Ser mayor de edad o tener la emancipación legal acreditada.
  • No estar incurso en una prohibición de ejercer actividad económica (inhabilitación judicial, etc.).
  • Tener un domicilio fiscal en España (puede ser tu domicilio particular).

No es necesario tener clientes ni haber emitido facturas antes de darte de alta. De hecho, el alta debe tramitarse antes del primer día de actividad, no después.

Paso 1 — Elige el epígrafe IAE correcto

El epígrafe IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas) es el código que clasifica tu actividad ante Hacienda. Elegirlo correctamente es fundamental porque determina, entre otras cosas, el tipo de IVA que aplicarás y las obligaciones formales específicas de tu sector.

Puedes buscar el tuyo en el buscador de epígrafes de la Agencia Tributaria introduciendo palabras clave de tu actividad (por ejemplo: "diseño web", "fontanero", "asesor fiscal", "comercio al por menor"). Las divisiones principales son:

  • Sección Primera: actividades empresariales (comercio, industria, hostelería, transporte…).
  • Sección Segunda: actividades profesionales (abogados, médicos, arquitectos, diseñadores, consultores…).
  • Sección Tercera: actividades artísticas.

Si tu actividad encaja en dos epígrafes a la vez (por ejemplo, diseñas webs y también las alojas), puedes declararlos ambos. En caso de duda, consúltalo con un gestor antes de presentar el modelo.

Importante: un epígrafe incorrecto puede generar problemas en una inspección. Si te das cuenta de que el tuyo no refleja bien tu actividad, puedes modificarlo en cualquier momento presentando un nuevo modelo 036/037 de modificación.

Paso 2 — Alta en Hacienda: modelo 036 o 037

El primer trámite formal es comunicar a la Agencia Tributaria (AEAT) que vas a iniciar una actividad económica. Esto se hace mediante la Declaración Censal:

  • Modelo 037 (simplificado): válido para personas físicas residentes en España, sin empleados, sin operaciones intracomunitarias y en régimen general de IVA. Es la opción de la gran mayoría de nuevos autónomos.
  • Modelo 036 (completo): necesario si tienes empleados desde el primer día, realizas importaciones/exportaciones o vendes a clientes de la UE como empresa, o si te encuentras en algún régimen especial de IVA.

En el modelo indicarás: epígrafe IAE, fecha de inicio de actividad, domicilio fiscal, régimen de IVA (general al 21% en la mayoría de casos) y modalidad de IRPF (estimación directa simplificada es lo habitual para autónomos sin empleados con facturación inferior a 600.000 €/año).

Puedes presentarlo de forma online en sede.agenciatributaria.gob.es con certificado digital, Cl@ve PIN o DNI electrónico, o de forma presencial en cualquier delegación de la AEAT. El trámite es gratuito. Consulta más detalles en la guía completa de cómo darse de alta de autónomo en Hacienda.

Paso 3 — Alta en la Seguridad Social: el RETA

El Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) es el sistema de cotización al que debes inscribirte. Se gestiona en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) a través del sistema ImportaSS en sede.seg-social.gob.es, o presencialmente en la administración más cercana.

Al darte de alta en el RETA deberás elegir tu base de cotización. Desde la reforma de 2023 (vigente en 2026), la cuota mensual se calcula en función de tus ingresos netos reales previstos, distribuidos en 15 tramos. Cuanto mayor sea tu base, mayor será la cuota y también las prestaciones a las que tendrás derecho (baja por enfermedad, maternidad/paternidad, jubilación…). Usa nuestra calculadora de cuota de autónomo 2026 para estimar lo que pagarás.

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Paso 4 — Tarifa plana de 80 €/mes para nuevos autónomos

Si es tu primera alta como autónomo, o han transcurrido más de dos años desde tu última baja en el RETA, tienes derecho a la tarifa plana de 80 € al mes durante los primeros 12 meses, independientemente de los ingresos que obtengas. No es necesario solicitarla aparte: se aplica automáticamente en el momento del alta.

A partir del mes 13, la cuota pasa a calcularse según tus rendimientos netos reales. Si en ese momento tus ingresos son bajos (menos de 670 €/mes netos), la cuota mínima en 2026 es de 200 €/mes. Puedes ajustar tu base de cotización hasta seis veces al año. Lee todos los detalles y condiciones en la guía sobre la tarifa plana de autónomos.

Resumen: pasos, organismos y plazos

Paso Trámite Organismo Documentación Plazo
1 Elegir epígrafe IAE — Buscador AEAT Antes del alta
2 Alta censal (036/037) Agencia Tributaria DNI/NIE, epígrafe, domicilio fiscal Antes del inicio de actividad
3 Alta en el RETA Seguridad Social (TGSS) DNI/NIE, nº afiliación SS (si procede), base elegida Antes del inicio de actividad
4 Tarifa plana 80 € Seguridad Social (TGSS) Se solicita en el propio alta RETA En el momento del alta
5 Licencia de apertura (si aplica) Ayuntamiento Varía según municipio y actividad Antes de abrir al público

Obligaciones fiscales desde el primer día

Una vez dado de alta, comienzan tus obligaciones como autónomo. Las principales son:

  1. Emitir facturas correctas con NIF, número correlativo, base imponible, tipo de IVA (21% general, 10% reducido o 4% superreducido según la actividad) y retención de IRPF si tu cliente es empresa o profesional (generalmente el 15%, o el 7% en los primeros tres años de actividad).
  2. Declarar el IVA trimestralmente con el modelo 303: en enero (4.º trimestre del año anterior), abril, julio y octubre. Si el IVA repercutido supera al soportado, pagas la diferencia; si es al revés, pides compensación o devolución.
  3. Fraccionar el IRPF con el modelo 130 (estimación directa) o el modelo 131 (módulos), también trimestral. El 20% del rendimiento neto del trimestre se ingresa a cuenta de la renta anual.
  4. Llevar libros de registro: libro de ingresos, libro de gastos, y libros de facturas emitidas y recibidas si estás en régimen general de IVA.
  5. Pagar la cuota RETA domiciliada el último día hábil de cada mes.
  6. Presentar la declaración de la renta (IRPF anual) entre abril y junio del año siguiente, integrando todos los rendimientos de actividades económicas.

Para reducir tu carga fiscal, conoce los gastos deducibles del autónomo: suministros del hogar (si trabajas desde casa), material de oficina, seguro de salud, dietas, vehículo (en determinadas condiciones) y mucho más. Planificar bien los gastos deducibles puede suponer un ahorro significativo en el IRPF.

¿Cuánto cuesta ser autónomo en 2026?

El coste mensual mínimo de ser autónomo en 2026 varía según tu situación:

  • Primer año con tarifa plana: 80 €/mes (cuota RETA fija, independientemente de los ingresos).
  • A partir del 2.º año, tramo mínimo (rendimientos netos < 670 €/mes): 200 €/mes.
  • Tramo intermedio (rendimientos netos entre 1.700 € y 1.850 €/mes): aprox. 310 €/mes.
  • Base máxima (rendimientos netos > 6.000 €/mes): cuota de hasta 590 €/mes.

A esto se suma el IVA que pagas a tus proveedores y que recuperas vía modelo 303, y la parte del IRPF que adelantas cada trimestre pero que después liquidas en la renta anual (por lo que no es un coste neto adicional, sino un anticipo). Calcula tu cuota exacta con la calculadora de cuota de autónomo.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta hacerse autónomo en 2026?

El alta en sí es gratuita. El coste recurrente es la cuota del RETA: 80 €/mes el primer año con tarifa plana (si eres nuevo autónomo), y a partir de 200 €/mes desde el segundo año según el tramo de ingresos que te corresponda.

¿Qué es el epígrafe IAE y cómo elijo el mío?

El epígrafe IAE es el código que clasifica tu actividad económica ante Hacienda. Puedes buscarlo en el buscador de la AEAT con palabras clave de tu actividad. Es importante elegirlo correctamente porque determina tus obligaciones fiscales y el tipo de IVA aplicable.

¿Puedo usar el modelo 037 o necesito el 036?

El modelo 037 (simplificado) es válido para la mayoría de nuevos autónomos: personas físicas residentes, sin empleados, sin operaciones intracomunitarias y en régimen general de IVA. Necesitarás el 036 si tienes empleados desde el inicio, haces operaciones con la UE o estás en un régimen especial de IVA.

¿Qué plazo tengo para darme de alta como autónomo?

Debes tramitar tanto el alta en Hacienda (modelo 036/037) como el alta en la Seguridad Social (RETA) antes del primer día en que inicies la actividad. Si lo haces después, la TGSS te reclamará las cuotas desde la fecha real de inicio más recargos e intereses.

¿Qué obligaciones fiscales tengo desde el primer día?

Desde el alta debes emitir facturas correctas, declarar el IVA trimestralmente con el modelo 303, fraccionar el IRPF con el modelo 130, llevar los libros de registro obligatorios y pagar la cuota del RETA cada mes mediante domiciliación bancaria.

La información de esta guía tiene carácter orientativo y está basada en la normativa vigente en junio de 2026. No constituye asesoramiento fiscal, laboral ni jurídico. Consulta siempre con un profesional cualificado antes de tomar decisiones con impacto legal o económico.